Cuauhtémoc Blanco es sancionado por violencia política de género

La TEPJF ha castigado a Cuauhtémoc Blanco por sus acciones contra la senadora Juanita Guerra Mena en mayo de 2023.

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Cuauhtémoc Blanco es sancionado por violencia política de género. (Foto: EFE)
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La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió que Cuauhtémoc Blanco, exgobernador de Morelos, y Arturo Millán, exdirector general de logística y eventos, incurrieron en violencia política de género contra la senadora Juanita Guerra Mena, en hechos ocurridos durante un evento oficial en mayo de 2023.

Durante una sesión pública virtual, el Pleno de la Sala determinó que ambos funcionarios vulneraron los principios de igualdad y no discriminación al excluir a la entonces diputada federal del palco principal durante el desfile conmemorativo del CCXI Aniversario de la Gesta Heroica “Rompimiento del sitio de Cuautla, Morelos”.

VIOLENCIA SIMBÓLICA Y PSICOLÓGICA

A pesar de haber sido invitada formalmente, a Guerra Mena se le impidió el acceso al espacio protocolario, acto que el tribunal calificó como violencia simbólica y psicológica.

De acuerdo con la sentencia, esta exclusión no sólo fue una acción discriminatoria, sino que también constituyó una violación a los derechos políticos de la legisladora. El fallo indica que se trató de una manifestación de violencia política de género, al tratarse de una conducta dirigida a limitar el ejercicio del cargo de una mujer por razones de género.

En consecuencia, se ordenó dar vista a la Mesa Directiva del Congreso de Morelos y a la Jefatura de la Oficina de la Gubernatura del estado, con el fin de que adopten las medidas legales correspondientes. 

AÑADEN A BLANCO A LA LISTA NEGRA DEL INE

Asimismo, una vez que la sentencia sea definitiva, tanto Blanco como Millán deberán ser inscritos en el Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género (VPMRG) del Instituto Nacional Electoral (INE) por un periodo de un año y seis meses.

La resolución fue emitida en cumplimiento de lo ordenado por la Sala Superior del TEPJF, bajo el expediente SUP-REP-78/2025 (SRE-PSC-22/2025).

Con información de Infobae

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