Fallo de la Corte: tus ahorros ya no son tuyos si la UIF tiene "indicios"
La Suprema Corte avaló que la UIF pueda bloquear cuentas bancarias sin orden judicial, al considerar la medida de carácter administrativo.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) puede bloquear cuentas bancarias sin orden judicial, al considerar constitucional esta facultad dentro del marco legal vigente.
El fallo se basó en un proyecto elaborado por la ministra Loretta Ortiz Ahlf, el cual confirmó la reforma de 2022 que otorga a la UIF un carácter administrativo y no penal en este tipo de acciones.
👩🏼⚖️💥👨🏻⚖️ Yasmín Esquivel cuestiona a Hugo Aguilar sobre los motivos que podrían causar un bloqueo de cuentas bancarias de parte de la UIF
— Político MX (@politicomx) April 6, 2026
La ministra @YasminEsquivel, una de las tres ministras que votó en contra de declarar constitucional el artículo de la UIF para que esta pueda… pic.twitter.com/GXBlLCfiEd
Decisión aprobada por mayoría
La resolución fue respaldada por seis ministros, mientras que Yasmín Esquivel, Giovanni Figueroa y Arístides Guerrero votaron en contra, al expresar dudas sobre el alcance de esta facultad.
Durante la discusión, se cuestionó que la UIF pueda incluir a personas en la lista de bloqueados con base en indicios de lavado de dinero o financiamiento al terrorismo, sin una orden judicial previa.
Argumento: medida administrativa preventiva
La ponente defendió que el bloqueo de cuentas es una medida preventiva de carácter administrativo, cuyo objetivo es proteger el sistema financiero y cumplir con estándares internacionales.
Además, sostuvo que las personas afectadas cuentan con derecho de audiencia, lo que les permite presentar pruebas para defenderse una vez aplicada la medida.
Críticas por posible afectación a derechos
Algunos ministros señalaron que esta facultad podría generar preocupaciones en materia de seguridad jurídica y presunción de inocencia, al obligar a los afectados a demostrar que no han cometido irregularidades.
El ministro Giovanni Figueroa cuestionó que los ciudadanos deban probar su inocencia “sin las reglas, tiempos ni garantías propias de un proceso penal”, lo que evidenció la división dentro del pleno.
Cambio de criterio en la Corte
La decisión marca un cambio relevante respecto a criterios previos del máximo tribunal, al fortalecer las facultades de la UIF para actuar con base en inteligencia financiera y prevención de delitos.
Este nuevo enfoque permite que la autoridad intervenga sin necesidad de autorización judicial previa, en casos donde existan señales de operaciones irregulares.
Efectos en el sistema financiero
El fallo refuerza el papel de la UIF como un actor clave en el combate al lavado de dinero y financiamiento ilícito, al ampliar sus herramientas de actuación.
Al mismo tiempo, la resolución abre una discusión sobre el equilibrio entre la prevención de delitos financieros y la protección de los derechos de los ciudadanos dentro del sistema bancario.
Con información de Latinus.
