SCJN blinda a la UIF y limita suspensiones contra el bloqueo de cuentas

La Suprema Corte respaldó esta semana a la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) en su estrategia contra el lavado de dinero.

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SCJN blinda a la UIF y limita suspensiones contra el bloqueo de cuentas. (Foto: Canva)
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La Suprema Corte de Justicia de la Nación respaldó a la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) en su estrategia contra el lavado de dinero al determinar que los jueces federales no deben conceder suspensiones que levanten por completo el bloqueo de cuentas bancarias ordenado por esa instancia.

Suprema Corte blinda a la Unidad de Inteligencia Financiera

La decisión amplía los alcances de un fallo emitido en abril, cuando el máximo tribunal avaló que la UIF, dependiente de la Secretaría de Hacienda, puede bloquear cuentas sin una orden judicial cuando existan “indicios suficientes” de una posible relación con delitos de financiamiento al terrorismo u operaciones con recursos de procedencia ilícita.

En esta ocasión, la mayoría de los ministros revocó una sentencia dictada en marzo de 2025 por una jueza de Jalisco, quien había permitido que un presunto lavador de activos provenientes del narcotráfico recuperara el acceso a las cuentas que la UIF le había bloqueado. La Corte explicó que el bloqueo de cuentas bancarias constituye una “medida cautelar de naturaleza administrativa”, cuyo objetivo consiste en impedir de manera preventiva que recursos presuntamente relacionados con actividades ilícitas continúen circulando dentro del sistema financiero.

Además, precisó que esta medida no representa una sanción definitiva ni tiene carácter penal, por lo que el bloqueo busca actuar de manera preventiva mientras se determina si existe una relación entre los recursos y posibles actividades ilícitas.

Con el fallo de abril, la SCJN también dejó sin efecto una jurisprudencia de la anterior integración del máximo tribunal que establecía límites a la facultad de la UIF para bloquear cuentas. Desde entonces, la dependencia cuenta con un mayor margen de acción para intervenir ante indicios de operaciones vinculadas con lavado de dinero o financiamiento al terrorismo.

Sector empresarial muestra su preocupación

La decisión generó preocupación entre el sector empresarial. En abril, la Confederación Patronal de la República Mexicana (COPARMEX) rechazó el criterio de la Corte y advirtió que permitir el bloqueo de cuentas sin una orden judicial abría un “espacio de incertidumbre” con impacto directo en la estabilidad económica y, según el organismo, podía contravenir disposiciones constitucionales.

La presidenta Claudia Sheinbaum, en cambio, defendió las facultades de la UIF y el criterio adoptado por la Suprema Corte. En abril, sostuvo que la dependencia no bloquea las cuentas bancarias de personas que no estén vinculadas con operaciones de lavado de dinero.

Con la nueva resolución, la SCJN no solo confirmó la capacidad de la UIF para bloquear cuentas bajo determinados supuestos, sino que también estableció un límite para los jueces que revisen estos casos mediante juicios de amparo: las suspensiones no deben utilizarse para levantar por completo una medida preventiva destinada a impedir la circulación de recursos presuntamente ilícitos.

Con información de AP

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