Reducen tiempos y requisitos en trámites del Registro Civil
El objetivo es hacer más eficiente el servicio y garantizar el acceso ágil y sencillo a los actos del estado civil de las personas.
El Gobierno del Estado publicó el Acuerdo 06/2025, mediante el cual se establecen importantes modificaciones en los procedimientos del Registro Civil de Yucatán, entre ellos la reducción de tiempos y la simplificación de requisitos para diversos trámites, incluidos los matrimonios, registros de nacimiento y defunciones.
El director del Registro Civil de Yucatán, Jorge Carlos de María Ramírez Granados, señaló que el objetivo de este acuerdo es hacer más eficiente el servicio y garantizar el acceso ágil y sencillo a los actos del estado civil de las personas.
“En el caso específico del matrimonio, lo que se busca es acortar los tiempos de espera, reducir costos y carga regulatoria a las parejas que desean contraer matrimonio. Eso, nos llevó a eliminar varios requisitos. Antes se pedía presentar a tres testigos con toda su documentación, esto ahora con los nuevos sistemas para comprobar la identidad, queda en desuso, porque vamos a detener una boda porque no llega un testigo, y si tuvieras que improvisar un testigo, justamente habla de la ineficiencia de ese requisito”, indicó.
El abogado Ramírez Granado dijo que otro requisito que se eliminó para poder contraer matrimonio es el certificado médico.
“Los certificados médicos tienen un costo de entre 600 y 1,200 pesos y llevaban unas especificaciones (para ser válidos ante el registro Civil) que solo se podían conseguir de manera rápida en clínicas privadas, esto representaba un costo para las parejas que quería contraer matrimonio y en aspecto también que es una decisión personalísima, consensuada e informada que deben tomar las parejas, pero queda estrictamente en el ámbito personal”, expuso.
El director del Registro Civil dijo que uno de los puntos más relevantes a partir de publicación del acuerdo en el Diario Oficial del Estado, es que la mayoría de los trámites tendrán una duración máxima de 30 minutos, incluyendo el registro de nacimiento ordinario y extemporáneo, el procedimiento para el reconocimiento de la identidad de género, el registro de matrimonio, el registro de defunción, la inscripción de actos realizados en el extranjero y la corrección de extractos.