Avanza controversia contra registro de celulares en Q. Roo

Tribunales definirán qué juzgado resolverá los recursos promovidos contra la medida por datos biométricos.

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Avanza controversia contra registro de celulares en Q. Roo (Foto: Contexto)
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Magistrados federales admitieron un recurso por conflicto de competencia, con el que se determinará dónde se resolverán las controversias relacionadas con el registro de números de celulares en Quintana Roo.

El Segundo Tribunal Colegiado de Circuito de Cancún determinará qué autoridad será competente para resolver estas controversias, ya que tanto los juzgados federales de Quintana Roo como los de la Ciudad de México, estos últimos especializados en telecomunicaciones, se han declarado incompetentes para conocer este tipo de recursos promovidos por habitantes de la entidad.

¿Qué resolvieron los magistrados?

“Se admite el conflicto competencial suscitado entre el Juzgado Quinto de Distrito en el Estado de Quintana Roo, con sede en esta ciudad, y el Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, con residencia en la Ciudad de México y jurisdicción en toda la República, para conocer del juicio de amparo indirecto”, se lee en el conflicto competencial 21/2026.

Fue durante la primera quincena de junio cuando una ciudadana promovió un amparo contra la aplicación del decreto del 9 de diciembre de 2025, publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), mediante el cual se dieron a conocer los lineamientos para el registro de celulares y datos biométricos de los usuarios.

No obstante, el 25 de junio la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones otorgó una prórroga para realizar el registro de celulares hasta el 31 de diciembre, de acuerdo con la terminación del número telefónico.

¿Por qué se promovieron los amparos?

Es decir, las líneas con terminación en 0 deberán registrarse a más tardar el 15 de agosto; las terminadas en 1, el 30 de agosto; y así sucesivamente hasta llegar a las que concluyen en 9, cuyo plazo vencerá el 31 de diciembre. Una vez vencido el plazo correspondiente, la línea será suspendida si no ha sido registrada.

Sin embargo, los amparos promovidos buscan impugnar la medida, al considerar que la obligación de entregar información personal es inconstitucional.

En caso de que se resuelva el conflicto competencial, las personas podrán solicitar suspensiones contra la medida implementada por el Gobierno federal, mientras se analiza el fondo de los juicios de amparo.

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