Carrillo Puerto sede de consulta sobre ley de pueblos indígenas y afromexicanos
El encuentro quedó programado para el próximo 21 de agosto en las instalaciones del Domo Doble de la colonia Cecilio Chi.
La publicación de un acuerdo oficial confirmó a Felipe Carrillo Puerto como sede de la consulta territorial sobre los derechos de las comunidades originarias, definiendo además los espacios de deliberación a nivel nacional.
El proceso para consolidar el nuevo marco normativo de los pueblos originarios situó al corazón de la zona maya como un punto neurálgico en la Península de Yucatán. Tras confirmarse de manera oficial la distribución de los trabajos, el municipio de Felipe Carrillo Puerto albergará la asamblea regional donde las comunidades locales debatirán la propuesta de Ley General de Derechos de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos.
Dicho encuentro en territorio quintanarroense quedó programado para el próximo 21 de agosto en las instalaciones del Domo Doble de la colonia Cecilio Chi, recinto habilitado para recibir a representantes de los pueblos Maya, Ch’ol y agrupaciones pluriculturales.
La cita busca garantizar la participación directa de las autoridades comunitarias en un ejercicio derivado del mandato constitucional que reconoce a estas poblaciones como sujetos de derecho público.
A nivel nacional, el despliegue logístico proyecta la realización de 82 asambleas regionales y siete mesas de trabajo orientadas a atender a grupos residentes y migrantes en zonas urbanas durante los meses de agosto y septiembre.
En la región peninsular, el esquema se complementará con sedes estratégicas ubicadas en Campeche y Calakmul, así como en los municipios yucatecos de Valladolid, Maxcanú e Izamal para abarcar toda la geografía maya.
El protocolo del proceso establece que estos foros servirán para recabar sugerencias, adecuaciones y planteamientos directos sobre el proyecto de ley elaborado previamente por comités técnicos especializados. Asimismo, las autoridades previeron la resolución de cualquier ajuste sobre las sedes fijadas para asegurar el desahogo de las sesiones.
Con la determinación formal de los recintos, se busca dar cumplimiento estricto a las disposiciones constitucionales y tratados internacionales que obligan al Estado a realizar consultas previas, libres e informadas antes de someter cualquier iniciativa legislativa a la aprobación del Congreso de la Unión.
