Prestadores turísticos deben registrarse en Retur-Q antes del 20 de marzo

Los prestadores de servicios turísticos cuentan con un plazo de 60 días naturales para registrarse.

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Prestadores turísticos deben registrarse en Retur-Q antes del 20 de marzo [Foto: Cortesía]
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En enero quedó habilitado el sistema para la inscripción y refrendo de los prestadores de servicios turísticos en el Registro Estatal de Turismo (Retur-Q) edición 2026, trámite obligatorio, gratuito y en línea.

El plazo vencerá en el presente mes. De acuerdo con la publicación de la convocatoria en el Periódico Oficial del Estado de Quintana Roo, el Retur-Q se debe renovar cada año fiscal. La Ley de Turismo del Estado de Quintana Roo señala que los prestadores de servicios turísticos cuentan con un plazo de 60 días naturales para registrarse o refrendar el Retur-Q, fecha que vence el próximo 19 de marzo de este año.

Los beneficios del Retur-Q son: mejorar la imagen y posicionamiento de los servicios; promocionar sus servicios a través de plataformas institucionales y formar parte de los catálogos y guías oficiales; proyectar certeza y seguridad a los consumidores y posibles prospectos, y acceder a programas para el fortalecimiento de la oferta turística.

Prestadores turísticos deben registrarse en Retur-Q antes del 20 de marzo [Foto: Cortesía]
Prestadores turísticos deben registrarse en Retur-Q antes del 20 de marzo [Foto: Cortesía]

También, contribuir al desarrollo y ordenamiento del turismo en el Caribe Mexicano, ubicarse en el Geoportal de la Secretaría Estatal de Turismo (Sedetur), recibir invitaciones a programas y proyectos institucionales, formar parte de talleres de financiamiento y fortalecimiento empresarial, así como acceder a pláticas y capacitaciones que fomentan la competitividad turística.

La Ley de Turismo establece sanciones a los prestadores de servicios turísticos que omitan registrarse en la plataforma o que no cuenten con la constancia de inscripción vigente.

Añade que aquellos que incurran en una omisión dentro del plazo señalado, serán sancionados con una multa que podrá ir desde 50 hasta 965 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), vigente al momento en que se cometa la omisión.

Las sanciones se aplicarán a partir del 20 de marzo de este año, de acuerdo con los términos estipulados en la Ley y el Reglamento de Turismo del Estado de Quintana Roo. Las empresas que inicien operaciones posteriores a la fecha de la publicación de la presente convocatoria, tendrán un plazo de 60 días naturales para registrarse y evitar sanciones.

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