Quintana Roo lidera en prestaciones de maternidad en la zona peninsular

Durante el primer cuatrimestre de 2026, un total de 1,412 trabajadoras recibieron el subsidio por maternidad en Quintana Roo.

|
Quintana Roo lidera en prestaciones de maternidad en la zona peninsular(Foto: Octavio)
Compartir noticia en twitter
Compartir noticia en facebook
Compartir noticia por whatsapp
Compartir noticia por Telegram
Compartir noticia en twitter
Compartir noticia en facebook
Compartir noticia por whatsapp
Compartir noticia por Telegram

Quintana Roo lidera a nivel peninsular los subsidios por maternidad a favor de mujeres trabajadoras que están a punto de dar a luz, una prestación otorgada por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

¿Qué muestran las cifras sobre las prestaciones de maternidad?

De acuerdo con datos obtenidos vía Transparencia, durante el primer cuatrimestre de este año un total de mil 412 madres trabajadoras fueron beneficiadas con esta prestación de seguridad social. En el mismo periodo, Yucatán registró 899 beneficiarias y Campeche 271.

Este subsidio ampara a la trabajadora con el 100 por ciento de su salario durante 42 días antes del alumbramiento y 42 días después.

“El disfrute de las prestaciones de maternidad se iniciará a partir del día en que el Instituto certifique el estado de embarazo. La certificación señalará la fecha probable del parto, la que servirá de base para el cómputo de los cuarenta y dos días anteriores a aquél, para los efectos del disfrute del subsidio que, en su caso, se otorgue en los términos de esta Ley”, establece el artículo 85 de la Ley del Seguro Social.

A nivel peninsular, Quintana Roo es la entidad donde más se otorga este tipo de prestación de seguridad social, pues en 2025 se expidieron un total de cuatro mil 712 certificados de maternidad para mujeres trabajadoras.

Yucatán registró tres mil 35 certificados, mientras que Campeche otorgó 953 a mujeres beneficiadas con esta prestación durante el año pasado.

Este es uno de los seguros más estrictos que maneja el IMSS, pues no solo se trata de proteger a la trabajadora, sino también al bebé; por ello, su incumplimiento puede derivar en sanciones severas para el patrón.

“El patrón es responsable de los daños y perjuicios que se causaren al asegurado, a sus familiares derechohabientes o al Instituto, cuando por incumplimiento de la obligación de inscribirlo o de avisar los salarios efectivos o los cambios de éstos, no pudieran otorgarse las prestaciones en especie y en dinero del seguro de enfermedades y maternidad, o bien cuando el subsidio a que tuvieran derecho se viera disminuido en su cuantía”, establece el artículo 88 de la Ley del Seguro Social.

El seguro de maternidad solo aplica para madres trabajadoras, pues las esposas de los trabajadores que no estén activas laboralmente únicamente reciben atención médica.

Datos

Mujeres beneficiadas en la Península de Yucatán durante el primer cuatrimestre:

  • 1,412 en Quintana Roo
  • 899 en Yucatán
  • 271 en Campeche

Lo más leído

skeleton





skeleton