Tribunal rechaza “agravio” de abogado contra reglas de la elección judicial
El Tribunal Electoral de Quintana Roo confirmó los criterios establecidos por el Ieqroo.
El Tribunal Electoral de Quintana Roo (Teqroo) confirmó el acuerdo del Consejo General del Instituto Electoral del estado (Ieqroo), en el que se determinaron los criterios de paridad de género para el proceso electoral extraordinario para renovar el Poder Judicial local.
A través de un Juicio de la Ciudadanía, con expediente JDC/012/2025, Carlos Vega Martínez buscó revocar dicho acuerdo, al argumentar que se vulneraron sus derechos político electorales.
“Se hace valer como único agravio la vulneración a sus derechos porque a su decir, la autoridad responsable no garantizó el principio de legalidad y certeza jurídica en la asignación de los puestos de elección popular de juzgadores y magistraturas del estado de Quintana Roo”,
indica la propuesta de sentencia leída durante la sesión.
Al respecto, se consideró que el concepto de agravio es “inoperante”, pues tras analizar los argumentos vertidos en el escrito de demanda, se limita a hacer suyo un voto particular disidente emitido por una consejera electoral, sin exponer un argumento claro y preciso que controvierta con claridad el acto impugnado al no contener una expresión argumentativa mínima adicional.
Esto fue rechazado tomando en cuenta que ya hay una jurisprudencia de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), la cual establece que cuando se haga referencia o transfiera un voto particular de una magistratura disidente, no puede generar que el tribunal asuma dicho argumento como propio.
Por ello, se obliga a quien presente la demanda a exponer hechos y motivos de incongruencia propios. Además, se considera que el actor que busca impugnar el acuerdo,
“... omite expresar argumentos claros y debidamente configurados. Pues a juicio de esta ponencia, no sustenta, justifica de manera concreta cuál es la afectación real y directa a su esfera jurídica de derechos en el individual, dado que no basta con la simple expresión de manifestaciones generales y abstractas, sino que es necesario precisar la manera en que se actualicen los perjuicios a que se refiere y explicar las consecuencias que en su caso se hayan producido, lo cual evidentemente no sucedió”.
Por ello, de manera unánime, los magistrados del Teqroo confirmaron el acuerdo aprobado por el Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo para el proceso electoral extraordinario para renovar el Poder Judicial local.